Micelio

Artículo 12

Lo Dispuesto En El Presente Decreto Se Aplicará Sin Perjuicio De Las Nacionalizaciones De Mercancías Que Se Realicen Al Resto Del Territorio Nacional Acogiéndose Al Régimen General Ordinario Para Las Importaciones Previsto En La Legislación Aduanera

Decreto 1707 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3059 de 1990 en lo referente a las mercancías procedentes del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y se reglamentan aspectos de control aduanero en su internación al resto del territorio nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Lo dispuesto en el presente Decreto se aplicará sin perjuicio de las nacionalizaciones de mercancías que se realicen al resto del territorio nacional acogiéndose al régimen general ordinario para las importaciones previsto en la legislación aduanera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1707 de 1992