º Lo dispuesto en el presente Decreto se aplicará sin perjuicio de las nacionalizaciones de mercancías que se realicen al resto del territorio nacional acogiéndose al régimen general ordinario para las importaciones previsto en la legislación aduanera.
Artículo 12
Lo Dispuesto En El Presente Decreto Se Aplicará Sin Perjuicio De Las Nacionalizaciones De Mercancías Que Se Realicen Al Resto Del Territorio Nacional Acogiéndose Al Régimen General Ordinario Para Las Importaciones Previsto En La Legislación Aduanera
Decreto 1707 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3059 de 1990 en lo referente a las mercancías procedentes del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y se reglamentan aspectos de control aduanero en su internación al resto del territorio nacional.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.