º . Coordinación superior del programa de subsidio. El Ministerio de Desarrollo Económico, a través de la Dirección General de Vivienda, ejercerá la coordinación superior del programa de subsidio establecido en la Ley 708 de 2001, para lo cual podrá realizar todas aquellas actividades que se requieran para el cabal cumplimiento de esta labor, entre otras las siguientes
Definir las políticas para la implementación del Programa de Subsidio a desarrollar en virtud de lo establecido en la Ley 708 de 2001;
Facilitar, en conjunto con las entidades nacionales y territoriales, la ejecución del Programa de Subsidio;
Dar concepto previo para la declaratoria de elegibilidad de los proyectos de vivienda de interés social desarrollados en cumplimiento de la Ley 708 de 2001;
Realizar el seguimiento a la implementación del programa exigiendo a las entidades involucradas la presentación de informes periódicos de gestión.