Micelio

Artículo 5

Decreto 2882 de 2001 · por el cual se reglamenta parcialmente las Leyes 3° de 1991 y 708 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Coordinación superior del programa de subsidio. El Ministerio de Desarrollo Económico, a través de la Dirección General de Vivienda, ejercerá la coordinación superior del programa de subsidio establecido en la Ley 708 de 2001, para lo cual podrá realizar todas aquellas actividades que se requieran para el cabal cumplimiento de esta labor, entre otras las siguientes

a)

Definir las políticas para la implementación del Programa de Subsidio a desarrollar en virtud de lo establecido en la Ley 708 de 2001;

b)

Facilitar, en conjunto con las entidades nacionales y territoriales, la ejecución del Programa de Subsidio;

c)

Dar concepto previo para la declaratoria de elegibilidad de los proyectos de vivienda de interés social desarrollados en cumplimiento de la Ley 708 de 2001;

d)

Realizar el seguimiento a la implementación del programa exigiendo a las entidades involucradas la presentación de informes periódicos de gestión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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