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Artículo 15

Subdirección De Procesos De Apropiación De Las Tic

Decreto 91 de 2010 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Procesos de Apropiación de las TIC. Son funciones de la Subdirección de Procesos de Apropiación de las TIC las siguientes

1.

Diseñar y desarrollar programas, planes y proyectos que busquen la apropiación y uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en todos los sectores y segmentos de la sociedad, por medio de estrategias y métodos que permitan prever los resultados e impactos esperados.

2.

Proponer y coordinar la implementación de programas y proyectos en temas relacionados con la apropiación y penetración de las tecnologías de la información y las comunicaciones en sectores que sean prioritarios para el país.

3.

Diseñar y desarrollar estrategias masivas que expliquen a los ciudadanos las utilidades y potencialidades de las TIC.

4.

Elaborar propuestas de trabajo con organismos y entidades de los distintos sectores que se deben involucrar en procesos de apropiación, uso y penetración de las tecnologías de la información y las comunicaciones, a través de planes, programas o proyectos que se deban desarrollar con enfoque y participación multisectorial.

5.

Formular propuestas de planes, programas y proyectos relacionados con el acceso, uso y apropiación de las TIC en los distintos sectores de la sociedad, para ser desarrollados en coordinación con entidades públicas o privadas de los distintos sectores económicos y sociales del país.

6.

Diseñar y desarrollar metodologías con base en experiencias llevadas a cabo, que faciliten el mejoramiento y multiplicación de las mismas, en acciones emprendidas para la apropiación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en los distintos sectores que se han alcanzado a través de la ejecución de los planes, programas y proyectos en que la Dirección ha intervenido.

7.

Coordinar y administrar los procesos de seguimiento y evaluación técnica de los programas, planes y proyectos que se encuentren bajo la responsabilidad de la subdirección, o le sean asignados por la Dirección.

8.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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