º Audiencias . La Comisión podrá celebrar audiencias para escuchar a los voceros de las organizaciones sociales interesadas en formularle propuestas en relación con los temas de su competencia. Las solicitudes de audiencia serán tramitadas por conducto de la Secretaría Técnica. El trámite de las solicitudes de audiencia y la realización de las mismas, cuando a ello hubiere lugar, serán regulados en el reglamento interno de la Comisión.
Decreto 2868 de 1991 →Vigente
Artículo 4
Audiencias
Decreto 2868 de 1991 · por el cual se organiza e integra la Comisión de Ordenamiento Territorial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.