Micelio

Artículo 6

º Cuando Dos O Más Empresas Que Conformen Una Unidad De Empresa Efectúen Pagos A Un Mismo Trabajador Por Concepto De Salarios U Otros Ingresos Que Se Originen En La Relación Laboral, La Base Para Aplicar La Retención En La Fuente De Que Trata El Artículo 2º Del Presente Decreto, Deberá Incluir La Totalidad De Los Pagos Gravables Que Se Efectúen Al Trabajador Por Las Distintas Empresas Que Conformen La Unidad

Decreto 1889 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones en materia de retención en la fuente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cuando dos o más empresas que conformen una unidad de empresa efectúen pagos a un mismo trabajador por concepto de salarios u otros ingresos que se originen en la relación laboral, la base para aplicar la retención en la fuente de que trata el artículo 2º del presente Decreto, deberá incluir la totalidad de los pagos gravables que se efectúen al trabajador por las distintas empresas que conformen la unidad. Para tal efecto, actuará como agente retenedor la empresa que tenga el carácter de principal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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