º Cuando dos o más empresas que conformen una unidad de empresa efectúen pagos a un mismo trabajador por concepto de salarios u otros ingresos que se originen en la relación laboral, la base para aplicar la retención en la fuente de que trata el artículo 2º del presente Decreto, deberá incluir la totalidad de los pagos gravables que se efectúen al trabajador por las distintas empresas que conformen la unidad. Para tal efecto, actuará como agente retenedor la empresa que tenga el carácter de principal.
Artículo 6
º Cuando Dos O Más Empresas Que Conformen Una Unidad De Empresa Efectúen Pagos A Un Mismo Trabajador Por Concepto De Salarios U Otros Ingresos Que Se Originen En La Relación Laboral, La Base Para Aplicar La Retención En La Fuente De Que Trata El Artículo 2º Del Presente Decreto, Deberá Incluir La Totalidad De Los Pagos Gravables Que Se Efectúen Al Trabajador Por Las Distintas Empresas Que Conformen La Unidad
Decreto 1889 de 1985 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 55 de 1985 y se dictan otras disposiciones en materia de retención en la fuente
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.