Micelio

Artículo 5

º Utilización De Las Redes Y Líneas

Decreto 1303 de 1989 · Por el cual se establece el régimen de suspensiones del servicio eléctrico y las sanciones pecuniarias por el uso no autorizado o fraudulento del mismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º UTILIZACIÓN DE LAS REDES Y LÍNEAS. Los particulares no podrán utilizar las líneas o redes públicas, o aquellas entregadas a la entidad para su administración, ni realizar obras sobre éstas, salvo con autorización expresa de la entidad. En todo caso, la entidad podrá realizar extensiones, derivaciones, modificaciones u otro tipo de trabajo en las líneas y redes de energía eléctrica recibidas de terceros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1303 de 1989