Micelio

Artículo 35

Decreto 150 de 1976 · Por el cual se dictan normas para la celebración de contratos por parte de la Nación y sus entidades descentralizadas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del informe a la Contraloría General de la República. Para los efectos a que hubiere lugar, los Jefes Delegados de Presupuesto comunicarán a la Contraloría General de la República las aprobaciones y registros que realicen conforme al artículo anterior. Esta comunicación reemplaza el certificado de reserva que conforme a la legislación anterior expedía la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 150 de 1976