Micelio

Artículo 8

Ver Artículo 106 Ley 115 De 1994

Decreto 180 de 1982 · Por el cual se dictan normas sobre prima tácnica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. Cuando no procede el traslado por necesidades del servicio. El traslado por necesidades del servicio no podrá decretarse en los siguientes casos

a)

Como medida disciplinaria.

b)

Cuando el docente ejerza cargo de representante del magisterio ante junta de carácter oficial, si reside en el lugar de sesión de dicha junta.

c)

Cuando el docente se encuentra bajo tratamiento médico que exija su permanencia en el sitio de trabajo, certificado por la entidad de previsión a la cual esté afiliado.

d)

Cuando el docente deba permanecer en el sitio de trabajo por orden judicial.

e)

Cuando no hayan transcurrido al menos (2) años de efectuado el último traslado del docente en aplicación de los causales a) y b) del artículo 5.Ver Artículo 106 Ley 115 de 1994.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 180 de 1982