Micelio

Artículo 7

La Dirección General De La Policía Nacional, Queda Facultada Para Ordenar Servicios Especiales Y Toques Especiales De La Banda De Músicos, Sin Exigir Pago Alguno Cuando Lo Estime Conveniente O Necesario

Decreto 776 de 1945 · Por el cual se modifica la tarifa de los servicios pagos de vigilancia, en la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Dirección General de la Policía Nacional, queda facultada para ordenar servicios especiales y toques especiales de la Banda de Músicos, sin exigir pago alguno cuando lo estime conveniente o necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 776 de 1945