º La Dirección General de la Policía Nacional, queda facultada para ordenar servicios especiales y toques especiales de la Banda de Músicos, sin exigir pago alguno cuando lo estime conveniente o necesario.
Decreto 776 de 1945 →Vigente
Artículo 7
La Dirección General De La Policía Nacional, Queda Facultada Para Ordenar Servicios Especiales Y Toques Especiales De La Banda De Músicos, Sin Exigir Pago Alguno Cuando Lo Estime Conveniente O Necesario
Decreto 776 de 1945 · Por el cual se modifica la tarifa de los servicios pagos de vigilancia, en la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.