Micelio

Artículo 8

Funciones De La Oficina Asesora Jurídica

Decreto 2462 de 2013 · por medio del cual se modifica la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Oficina Asesora Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes

1.

Asesorar al Superintendente Nacional de Salud y a las demás dependencias de la entidad en los asuntos jurídicos de competencia de la Superintendencia.

2.

Establecer los criterios y directrices para unificar y aplicar la normativa sectorial al interior de la Entidad.

3.

Atender y resolver las consultas o solicitudes que formulen en materia jurídica de competencia de la Superintendencia Nacional de Salud.

4.

Ejercer la facultad de cobro persuasivo y la de jurisdicción coactiva frente a las tasas o contribuciones, multas y demás obligaciones a favor de la Superintendencia, ajustándose para ello en la normatividad vigente sobre la materia.

5.

Representar judicialmente a la Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo a los poderes que le sean otorgados para el efecto, atender los procesos judiciales o extrajudiciales y administrativos en que la entidad sea parte o tenga interés y efectuar su seguimiento.

6.

Atender y resolver las acciones de tutela, de grupo, cumplimiento y populares y demás acciones constitucionales en las que se haga parte o tenga interés la Superintendencia.

7.

Elaborar los proyectos de resolución de los recursos interpuestos contra los actos administrativos proferidos por el Superintendente, así como los relativos a los recursos de apelación interpuestos contra los de los Superintendentes Delegados y los recursos interpuestos contra los actos administrativos de liquidación de la tasa.

8.

Recopilar y mantener actualizadas la información de las normas constitucionales, legales y reglamentarias y la jurisprudencia relacionada con las competencias, misión institucional, objetivos y funciones de la Superintendencia Nacional de Salud.

9.

Coordinar y elaborar los informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones.

10.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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