Micelio

Artículo 2

Decreto 564 de 1888 · Por el cual se reglamenta la ejecución del último párrafo de la Ley 50 del presente año

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° El producto del impuesto de que trata el artículo anterior, corresponderá al Tesoro nacional en los siguientes términos: Integramente en los Consulados de Nueva York, Liverpool, Southampton, el Havre, Saint-Nazaire y Hamburgo, en la Administración de Correos de Panamá y en la Agencia postal de Colón; y en las demás Oficinas consulares, la mitad del producto de las certificaciones de sobordos y facturas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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