Micelio

Artículo 2

Los Fondos Procedentes De Estos Auxilios De Entregarán A Los Tesoreros De Los Citados Municipios, Por Conducto De Los Señores Gobernadores De Aquellos Departamentos, Previo Otorgamiento De Las Correspondientes Cauciones Adicionales, Por La Cuantía Que Señale La Contraloría General De La República

Decreto 519 de 1927 · Por el cual se reglamenta la inversión de los fondos destinados a varios Municipios para la construcción de obras públicas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los fondos procedentes de estos auxilios de entregarán a los Tesoreros de los citados Municipios, por conducto de los señores Gobernadores de aquellos Departamentos, previo otorgamiento de las correspondientes cauciones adicionales, por la cuantía que señale la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 519 de 1927