Micelio

Artículo 14

Reintegro

Decreto 2154 de 2019 · por el cual se establecen los términos y condiciones para la evaluación del esfuerzo fiscal de las entidades territoriales, a fin de determinar el monto de la cofinanciación de la Nación de que trata el artículo 238 de la Ley 1955 de 2019, y las reglas para el giro respectivo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reintegro . En caso de que se presente un exceso en el valor girado por la Nación, o si la entidad territorial no realiza el pago dentro de los plazos establecidos en el artículo anterior, los valores correspondientes deberán ser reintegrados en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de agotamiento del término establecido para el giro de los recursos de cofinanciación, a la Cuenta de Liquidez a la que hace referencia el artículo 10 del presente decreto. La entidad territorial deberá realizar los ajustes presupuestales a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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