Micelio

Artículo 5

Decreto 2912 de 1991 · por el cual se reglamenta el sistema de ajustes integrales por inflación para efectos contables.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ajustes a efectuar . Al finalizar cada ejercicio contable o cada mes, según el caso, se deberán efectuar los siguientes ajustes contables

1.

Ajuste de los activos no monetarios representados en moneda extranjera, en UPAC o que tengan pacto de reajuste.

2.

Ajuste de los demás activos no monetarios; esto es, aquellos que son susceptibles de adquirir un mayor valor nominal por efecto de la pérdida de poder adquisitivo de la moneda, tales como: Inventarios de mercancías para la venta, inventarios de materias primas, suministros, repuestos, mercancías en tránsito, inventarios de productos en proceso, inventarios de productos terminados, terrenos, edificios, construcciones en curso, plantaciones de mediano y tardío rendimiento, inversiones de capital y demás cargos diferidos no monetarios, semovientes, maquinaria en montaje, maquinaria, equipos, muebles, vehículos, computadores, aportes en sociedades y acciones .

3.

Ajuste de los pasivos no monetarios; esto es, aquellos que son susceptibles de adquirir un mayor valor nominal por efecto de la pérdida de poder adquisitivo de la moneda, tales como las deudas representadas en moneda extranjera, en UPAC y aquellas con pacto de reajuste.

4.

Ajuste del patrimonio.

5.

Ajuste de las cuentas de resultado.

6.

Ajuste de las cuentas de orden no monetarias, el cual se realizará afectando la respectiva cuenta de orden por contra. Los ajustes a que se refieren los numerales anteriores deberán efectuarse de conformidad con lo dispuesto en las leyes vigentes sobre la materia y en el presente Decreto, tomando como base el costo ajustado por inflación. En la contabilidad se deberá registrar el impuesto diferido originado por las diferencias de carácter temporal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2912 de 1991