Micelio

Artículo 2

Prueba De Inscripción, Actualización O Cancelación En El Registro Unico Tributario, Rut

Decreto 3426 de 2004 · por el cual se adiciona el Decreto 2788 del 31 de agosto de 2004.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Prueba de inscripción, actualización o cancelación en el Registro Unico Tributario, RUT . Adiciónase el

Parágrafo transitorio

del artículo 14 del Decreto 2788 de 2004, con el siguiente inciso: “Para los nuevos obligados a inscribirse en el RUT, que aún no cuentan con Número de Identificación Tributaria y requieran de registro mercantil, constituye prueba de la inscripción la certificación de existencia y representación legal y los certificados de matrícula expedidos por las cámaras de comercio, los cuales deberán contener el Número de Identificación Tributaria (NIT) asignado con el dígito de verificación, la respectiva administración de impuestos, de aduanas o de impuestos y aduanas de la DIAN según corresponda al domicilio del obligado, el régimen del impuesto sobre las ventas a que pertenezca y la calidad de importador, exportador u otro usuario aduanero si fuere el caso. La validez de esta prueba tendrá lugar hasta el 31 de enero de 2005”.

Parágrafo transitorio

Artículo 14 DECRETO 2788 de 2004

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3426 de 2004