°. Será administrado este Instituto con criterio de servicio público, pero con sujeción a las reglas y practicas acostumbradas por las instituciones privadas similares, de acuerdo con las normas y finalidades de la Ley 5°. de 1944, de las posteriores disposiciones que la reformaron y adicionaron, y dentro de las facultades y ordenamientos del presente Decreto.
Decreto 40 de 1958 →Vigente
Artículo 2
Será Administrado Este Instituto Con Criterio De Servicio Público, Pero Con Sujeción A Las Reglas Y Practicas Acostumbradas Por Las Instituciones Privadas Similares, De Acuerdo Con Las Normas Y Finalidades De La Ley 5°
Decreto 40 de 1958 · Por el cual se modifica la organización y funcionamiento de la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.