El pago de la participación nacional se hará en la Caja de las Minas de Marmato, así: todos los días, en oro libre mediante deducción o retención del porcentaje que de éste corresponda al Gobierno, y quincenalmente, en dinero, sobre los cianurados y demás productos de la explotación.
Decreto 1323 de 1947 →Vigente
Artículo 22
El Pago De La Participación Nacional Se Hará En La Caja De Las Minas De Marmato, Así: Todos Los Días, En Oro Libre Mediante Deducción O Retención Del Porcentaje Que De Éste Corresponda Al Gobierno, Y Quincenalmente, En Dinero, Sobre Los Cianurados Y Demás Productos De La Explotación
Decreto 1323 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 66 de 1946.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.