Micelio

Artículo 64

Las Multas Que Ocasione La Infracción Del Presente Decreto Las Impondrá El Servicio De Giros Por Medio De Resoluciones, Las Cuales Serán Sometidas, Para Su Validez A La Aprobación Del Ministerio De Correos Y Telégrafos

Decreto 2233 de 1935 · Por el cual se reglamenta el Servicio de Giros Postales Internos e Internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 64. Las multas que ocasione la infracción del presente decreto las impondrá el servicio de giros por medio de resoluciones, las cuales serán sometidas, para su validez a la aprobación del ministerio de correos y telégrafos.

Parágrafo

La Contraloría general de la República solicitara al jefe del servicio de giros la imposición de las multas que dicha entidad considere conveniente, de acuerdo con el examen y fiscalización de las cuentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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