Micelio

Artículo 74

Necesidad De La Prueba

Ley 1476 de 2011 · Por la cual se expide el régimen de responsabilidad administrativa por pérdida o daño de bienes de propiedad o al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, sus entidades adscritas o vinculadas o la Fuerza Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda decisión interlocutoria y los fallos, deben fundarse en pruebas legalmente practicadas, allegadas o aportadas al mismo.

Serán admisibles en el procedimiento contemplado en la presente ley, en cuanto resulten compatibles con esta, los contemplados en el Código Contencioso Administrativo, en lo relacionado con los principios de la prueba, su admisibilidad, forma de práctica y criterios de valoración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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