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Artículo 20

Dirección Técnica De Planificación, Presupuesto, Seguimiento Y Evaluación

Decreto 4902 de 2007 · por el cual se aprueba la modificación de estructura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección Técnica de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Evaluación. Las funciones de la Dirección Técnica de Planificación, Presupuesto, Seguimiento y Evaluación son las siguientes

1.

Orientar y formular las políticas y directrices para el desarrollo rural en cabeza del Incoder que garanticen la articulación con los lineamientos nacionales y sectoriales, en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural –Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural– y el Departamento Nacional de Planeación, DNP.

2.

Establecer el marco geográfico y poblacional para la intervención de la entidad de acuerdo con las características socioeconómicas y agronómicas del entorno rural (Zonas de Desarrollo Empresarial, ZDE, Zonas de Reserva Campesina, ZRC, entre otras) en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Departamento Nacional de Planeación, DNP.

3.

Coordinar el proceso de construcción de insumos técnicos para proponer la reglamentación relacionada con el fraccionamiento de las Unidades Agrícolas Familiares.

4.

Orientar la intervención de las demás subgerencias de la entidad en las áreas establecidas y brindar insumos técnicos para el desarrollo de su gestión.

5.

Diseñar y poner en marcha un modelo de gestión por resultados de la entidad que integre eficazmente las labores de planificación, presupuesto y ejecución con base en adecuados instrumentos y metodologías de seguimiento y evaluación.

6.

Orientar y brindar insumos para que las diferentes subgerencias puedan integrar adecuadamente, alrededor de los hogares y regiones potencialmente beneficiarios, la oferta de subsidios y otros instrumentos para la intervención de la entidad.

7.

Actualizar, formular y orientar las estrategias para la organización del Sistema Nacional de Desarrollo Rural.

8.

Definir, en coordinación con las áreas misionales, los criterios técnicos, económicos, sociales y ambientales para la zonificación y focalización de las acciones institucionales.

9.

Liderar, orientar, asesorar y concertar con las distintas dependencias, la formulación de los planes de mediano y largo plazo, y los planes anuales en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, la Visión 2019, y el Marco de Gasto de Mediano Plazo, y presentarlos a las instancias correspondientes.

10.

Consolidar el plan operativo anual en consistencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo.

11.

Analizar los requerimientos de inversión y de asignación de subsidios frente a la disponibilidad de recursos señalada por el Gobierno Nacional, evaluando que su distribución esté acorde con la priorización de proyectos y las normas legales vigentes.

12.

Preparar en coordinación con la Secretaría General, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión de la entidad incorporando al mismo las metas e indicadores para la medición de su desempeño.

13.

Incorporar en el proceso de elaboración de la programación presupuestal anual los resultados de la gestión de la vigencia anterior y asistir metodológicamente a las Direcciones Territoriales para que la realicen acorde con los lineamientos planteados.

14.

Elaborar la programación presupuestal de los recursos de cada convocatoria.

15.

Definir y poner en marcha las metodologías y mecanismos que se requieran para avanzar hacia una presupuestación basada en resultados.

16.

Preparar y tramitar ante las autoridades competentes las modificaciones al presupuesto de la vigencia correspondiente, así como las autorizaciones requeridas para amparar compromisos cuya ejecución comprenda más de una vigencia fiscal.

17.

Realizar el seguimiento, control y evaluación de los recursos del Incoder en cuanto a su programación y ejecución tanto a nivel nacional como por departamentos.

18.

Elaborar los lineamientos, estrategias y políticas de programación, seguimiento y evaluación de metas.

19.

Identificar y gestionar fuentes alternas de financiamiento, así como formular y participar en la consecución de créditos y programas de cooperación técnica nacional e internacional, que la entidad requiera para el cumplimiento de su misión, en coordinación con las instancias pertinentes.

20.

Establecer y mantener actualizado el Banco de Proyectos de Inversión de la entidad.

21.

Dirigir las labores de seguimiento y evaluación de los resultados de la gestión y el gasto asignado y orientar la gestión de las subgerencias para asegurar el cumplimiento de las metas establecidas.

22.

Hacer periódicamente un diagnóstico de la situación del Incoder, consolidar la información y realizar de conformidad con los resultados obtenidos, las propuestas tendientes a mejorar la calidad y cobertura de los servicios, el cumplimiento de las funciones, la efectividad de los resultados, optimizar el uso de los recursos, modernizar y tecnificar la entidad.

23.

Conceptuar sobre la viabilidad técnica de las solicitudes de modificación de metas que afecten el presupuesto del Incoder.

24.

Diseñar y aplicar sistemas de seguimiento y evaluación específica de planes, programas y proyectos adelantados por el Instituto, en coordinación con las dependencias de la entidad, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Departamento Nacional de Planeación, DNP (Sinergía).

25.

Definir el alcance, orientar y coordinar los procesos y metodologías para evaluar el impacto de las intervenciones de la entidad en el entorno rural y sobre la población beneficiaria en coordinación con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Departamento Nacional de Planeación, DNP (Sinergía).

26.

Elaborar periódicamente informes sobre la situación y avance del Sistema Nacional de Desarrollo Rural, de la asignación de subsidios y el impacto dentro de la política de desarrollo rural.

27.

Orientar a las demás Subgerencias y coordinar el diseño de indicadores de impacto, eficiencia, productos y resultados que permitan la medición de la gestión institucional.

28.

Diseñar e implementar los procedimientos y metodologías necesarios para el funcionamiento armonizado y coordinado de las diferentes áreas.

29.

Orientar y coordinar las labores e intervenciones de la entidad con base en un enfoque de gestión por resultados.

30.

Participar y orientar los procesos de concertación de acuerdos y compromisos inter e intrasectoriales, para la coordinación de acciones complementarias a los planes, programas y proyectos de la entidad.

31.

Contratar a nivel nacional la evaluación de impacto de la intervención del Incoder.

32.

Planear y promover los procesos de investigación y lectura del entorno, dirigidos a la reorientación de las políticas del Incoder relacionadas con la subgerencia respectiva.

33.

Participar en el proceso de programación de metas de la subgerencia.

34.

Realizar seguimiento a las metas programadas en la subgerencia.

35.

Las demás que le sean asignadas y las que por su naturaleza le correspondan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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