Micelio

Artículo 75

Ley 46 de 1923 · Sobre instrumentos negociables

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presentación para el pago se hace en el lugar adecuado:

1° Cuando el lugar está especificado en el instrumento y allí se hace la presentación;

2° Cuando no hay lugar especificado para el pago, pero se expresa en el instrumento la dirección de la persona que deba pagarlo y allí se le presenta;

3° Cuando no hay lugar ni dirección especificados y el instrumento se presenta en e1 lugar habitual de los negocios o residencia de la persona que deba pagarlo, y

4° En cualquier otro caso, si se presenta a la persona que debe hacer el pago, en cualquier parte donde se le encuentre, o si se presenta en el último lugar conocido de sus negocios o de su residencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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