Micelio

Artículo 1

Apruébase El Acuerdo Número 393 Del 13 De Marzo De 1986, De La Junta Administradora Del Instituto De Seguros Sociales, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 393 De 1986 (Marzo 13) Por El Cual Se Crea La Planta De Personal De La Unidad Programática De Naturaleza Especial Del Amazonas Del Instituto De Seguros Sociales, En La Localidad De Leticia

Decreto 240 de 1988 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 393 de 1986, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, que crea la planta de personal de la unidad Programática de Naturaleza Especial del Amazonas del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Apruébase el Acuerdo número 393 del 13 de marzo de 1986, de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 393 DE 1986 (marzo 13) por el cual se crea la planta de personal de la Unidad Programática de Naturaleza Especial del Amazonas del Instituto de Seguros Sociales, en la localidad de Leticia. La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal n) del artículo 55 del Decreto - ley 1650 de 1977 y de conformidad con los Decretos - leyes 1651, 1652 y 1700 de 1977 y 1313 de 1978, ACUERDA: Artículo 1°Crear los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Programática de Naturaleza Especial del Amazonas del Instituto de Seguros Sociales, en la localidad de Leticia: DEPENDENCIA, AREAS Y UNIDADES FUNCIONALES N°de Cargos Denominación Dedicación Clase Grado DIRECCION 1 Director de Unidad Programática Local Completa I 38 1 Técnico de Servicios Administrativos Completa III 17 1 Mecanógrafa Completa III 13

Parágrafo 1

El Director de la Unidad Programática de Naturaleza Especial del Amazonas hará además de las funciones de su empleo, las de Coordinador del contrato asistencial entre el Instituto de Seguros - Sociales y el Hospital Local de Leticia.

Parágrafo 2

El Técnico de Servicios Administrativos cumplirá además de las funciones propias de su empleo, las de afiliación y registro, tesorería y recaudo.

Parágrafo 3

Los cargos que se determinan en este artículo son contemplados para la parte administrativa que se requiere para la prestación de los Seguros Sociales Obligatorios y Medicina Familiar, ya que la parte médico - asistencial se hará a través de contrato. Artículo 2°El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y para su validez requiere la aprobación por decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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