Art. 16. Son deberes del Rematador
Cumplir los que le imponen los artículos 1397 y siguientes del Código Fiscal nacional; pero en el presente caso no se admitirán como seguridades documentos de crédito de ninguna especie;
Consignar en moneda corriente, por corriente mayor tiempo, anticipadamente, en la Administración general de Hacienda de la Intendencia la cuota parte correspondiente del valor del remate, en la primera década;
Llenar la vacante, ó sea continuar cumpliendo las obligaciones contraídas hasta por tres meses, si así lo dispusiere la Intendencia;
Mantener en todas las agencias los licores necesarios para el consumo, los cuales serán de buena calidad y deben tener: el aguardiente, veintiún grados, y las mistelas, diez y ocho, de Cartíer;
Mantener en perfecto estado de aseo todos los aparatos y enseres necesarios para la destilación y envase de los licores, estañando loa que admitan esa condición;
Permitir á los empleados nacionales ó municipales que designe la Intendencia, cuando esta lo estime por conveniente, que examinen los aparatos, enseres y licores;
No elevar durante el término del arrendamiento los precios de los licores que dé al expendio, los cuales serán en el próximo bienio, para cada botella de setenta y cinco centilitros: En Villavicencio, moneda corriente, veinte pesos,. $ 20 En los demás Municipios y Corregimientos, veinticinco pesos 25
Presentar ternas para el nombramiento de agentes en los Municipios y Corregimientos, y someter á la aprobación de la Intendencia el nombramiento de guardas;
No traspasar este contrato á ninguna compañía ni á otra persona sin permiso de la Intendencia, que no lo concederá al el cesionario tuvo parte en la licitación;
No solicitar la rescisión del contrato, y por cada vez que la solicite pagará la multa designada en el pliego de cargos;
No alterar la capacidad de las medidas fijadas como base para el expendio de los licores, las cuales tienen corno base la botella de setenta y cinco centilitros;
Mantener en todos los Distritos y Corregimientos un agenta de la Renta con el cusí se entiendan las autoridades y particulares.