Art. 3° Para el efecto de calificar los contrabandos, celar y castigar a los defraudadores de la Renta, se aplicarán todas las disposiciones antes citadas, con la modificación de que la multa por cada 12 1/2 kilogramos, determinada en el artículo 2º del Decreto número 441 citado será de $2.
Decreto 13 de 1901 →Vigente
Artículo 3
Del Decreto Número 441 Citado Será De $2
Decreto 13 de 1901 · Por el cual se reorganizan los Resguardos de las Salinas marítimas, se establece un Almacén Oficial y se apropia una partida para gastos de escritorio en la Administración General y en los Almacenes oficiales de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.