Desde el 28 del presente mes principiará a funcionar la Junta nacional de Amortización que se crea por el artículo 5° de la Ley 33 del presente año. Cada uno de los miembros de ella, como responsable del Erario, otorgará una fianza por la suma de diez mil pesos ($0.000) en moneda corriente ó su equivalente en oro al cambio que rija de acuerdo con la misma Ley, si después de la indicada fecha se hubiere de prestar la caución.
Decreto 1154 de 1903 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1154 de 1903 · Por el cual se reglamenta la ejecución de la Ley 33 de 1903 en lo relativo a la Junta Nacional de Amortización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.