Artículo primero. Suprímense los siguientes cargos en la Campaña Antituberculosa Nacional, a partir del 1° de junio del corriente año: Hospital-Sanatorio "Santa Clara" de Bogotá. 1 Médico-Especialista (Gastroenterólogo) $ 100.00 1 Médico-Especialista (Uroginecólogo) 100.00 Centro Epidemiológico N° 3 de Bogotá. 3 Médicos-Auxiliares de Vacunación, cada uno a 250.00 Dispensario Antituberculoso de Barranquilla. 2 Hermanas de la Caridad, enfermeras, cada una a 60.00 Sección Epidemilógica del Dispensario de Barranquilla. 2 Hermanas de la Caridad, enfermeras, cada una a 60.00 1 Sindico-Pagador de la Campaña Antituberculosa de Antioquia 400.00
Decreto 1924 de 1950 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1924 de 1950 · por el cual se suprimen y se crean unos cargos en la Campaña Antituberculoza Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.