Micelio

Artículo 3

Ley 39 de 1940 · por la cual se ordena la construcción de obras de irrigación en el Valle del Cauca, en las tierras aptas para la agricultura y la ganadería.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tasación del impuesto se hará tenien­do en cuenta el mayor valor del inmueble, adquirido por razón de la dotación de agua, en relación con el avalúo fi­jado en el Catastro Municipal, quedando facultado el Go­bierno para, reglamentar todo lo relacionado con la fija­ción del impuesto, plazos y forma en que deba pagarse.

Parágrafo

Si el Gobierno o el propietario consideran inequitativo el avalúo catastral, cualquiera de ellos puede pedir un nuevo avalúo del inmueble antes de que se eje­cuten las obras, el cual, una vez fijado por los peritos en la forma que indique el Gobierno al reglamentar esta Ley, servirá de base para fijar la valorización y tasar el im­puesto respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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