Micelio

Artículo 83

: La Unidad De Cuidado Intermedio Es El Servicio Destinado A Pacientes Críticos, Con Complicaciones No Derivadas De Un Acto Quirúrgico, Que Con Excepción De La Asistencia Ventilatoria, Se Les Brinda La Misma Atención Que En La Unidad De Cuidado Intensivo Bajo El Cuidado Del Médico Intensivista En La Medida Que El Caso Lo Requiera

Decreto 2423 de 1996 · por el cual se determina la nomenclatura y clasificación de los procedimientos médicos, quirúrgicos y hospitalarios del Manual Tarifario y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

: La Unidad de Cuidado Intermedio es el servicio destinado a pacientes críticos, con complicaciones no derivadas de un acto quirúrgico, que con excepción de la asistencia ventilatoria, se les brinda la misma atención que en la Unidad de Cuidado Intensivo bajo el cuidado del médico intensivista en la medida que el caso lo requiera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2423 de 1996