Los funcionarios de que tratan los artículos anteriores, que recibieren dinero o dádivas, ofrecidas en consideración a su cargo, por personas que tengan algún asunto pendiente en su respectivo Despacho, incurrirán en la interdicción de derechos y funciones públicas de uno a seis años.
Decreto 2300 de 1936 →Vigente
Artículo 165
Los Funcionarios De Que Tratan Los Artículos Anteriores, Que Recibieren Dinero O Dádivas, Ofrecidas En Consideración A Su Cargo, Por Personas Que Tengan Algún Asunto Pendiente En Su Respectivo Despacho, Incurrirán En La Interdicción De Derechos Y Funciones Públicas De Uno A Seis Años
Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.