Micelio

Artículo 168

Decreto 491 de 1904 · por el cual se reglamenta la Ley 89 de 1903, sobre Instrucción pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 168. En el Presupuesto nacional de gastos se señalará en cada bienio la suma que se estime conveniente para auxiliar a las Academias y Sociedades científicas para sus gastos de escritorio, alumbrado, publicaciones, premios y sueldos de Secretarios y Porteros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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