° Este decreto rige a partir del 1° de julio de 1988 y deroga los Decretos 771 de 1984 y 1563 de 1986.
Decreto 1032 de 1988 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige A Partir Del 1° De Julio De 1988 Y Deroga Los Decretos 771 De 1984 Y 1563 De 1986
Decreto 1032 de 1988 · por el cual se modifica el cupo de mercancías procedentes del Puerto Libre de San Andrés y Providencia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.