Micelio

Artículo 2

Este Decreto Rige A Partir Del 1° De Julio De 1988 Y Deroga Los Decretos 771 De 1984 Y 1563 De 1986

Decreto 1032 de 1988 · por el cual se modifica el cupo de mercancías procedentes del Puerto Libre de San Andrés y Providencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Este decreto rige a partir del 1° de julio de 1988 y deroga los Decretos 771 de 1984 y 1563 de 1986.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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