º Adicionase el articulo 5º del Decreto 0320 de 1983 con el siguiente
"
Para los efectos consagrados en este artículo, cuando la empresa coproductora colombiana sea la Compañía de Fomento Cinematográfico - Focine -, el Ministerio de Comunicaciones sólo exigirá la presentación de los siguientes documentos
Solicitud suscrita por su representante legal, especificando el título de la película, el tiempo de duración en pantalla, los lugares y fechas de filmación, así como el nombre y nacionalidad del coproductor o coproductores extranjeros;
Contrato de coproducción suscrito por los coproductores, debidamente autenticado ante los Consulados respectivos;
Ficha técnica y artística del personal que intervino en la realización de la película, con indicación de las labores desempeñadas y de la nacionalidad de cada uno".