Micelio

Artículo 2

Ley 73 de 1962 · por la cual se adiciona el nombre de la Universidad Pedagógica de Colombia y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son fines de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia:

a)

La formación de dirigentes de la educación y del profesorado nacional en los niveles medio y universitario;

b)

La colaboración en la orientación y perfeccionamiento del profesorado en ejercicio en los mismos niveles;

c)

La preparación para la investigación científica;

d)

La formación de profesionales y capacitación del personal en las distintas ramas técnicas que se estimen necesarias para el desarrollo económico e industrial del Departamento de Boyacá y, en general del país, dentro del espíritu que informa la Ley 143 de 1948 .

En los términos que anteceden, queda modificado el artículo 2º.de la Ley 73 de 1958 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 73 de 1962