Micelio

Artículo 2.7.2.10

Responsables De La Operación De Las Líneas De Los Proyectos A Ser Cofinanciados En El Marco Del Pacto Nacional Por El Agro Y El Desarrollo Rural

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsables de la operación de las líneas de los proyectos a ser cofinanciados en el marco del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural. La operación de las líneas de los proyectos a ser cofinanciados en el marco del Pacto Nacional por el Agro y el Desarrollo Rural, estará a cargo de las siguientes entidades:

1.

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en las líneas de cofinanciación de los proyectos productivos municipales y departamentales.

2.

Banco Agrario de Colombia S. A., en la línea de cofinanciación de Vivienda Rural.

3.

Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, para la línea de Empleo Rural Temporal.

4.

Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), para las líneas de cofinanciación de acceso a tierras, formalización de la propiedad y riego y drenaje de pequeña y mediana escala.

Parágrafo

La operación de los proyectos a la que hace referencia el presente artículo, comprenderá entre otros aspectos, la verificación del cumplimiento de los requisitos, la calificación y evaluación técnica y financiera de los proyectos, la aprobación de la cofinanciación, la asignación de recursos y el seguimiento a la ejecución de los proyectos.

(Decreto número 1567 de 2014, artículo 10)

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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