°. En los términos del presente Decreto queda aclarado y reformado el artículo 6° del Decreto 768 del presente año, y deroga la Resolución de 15 de febrero de 1922, dictada por el Ministerio de Hacienda, por la cual se reforma el punto 8° de la dictada por este Ministerio el 13 de julio de 1915, publicada en el Diario Oficial 15554. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1117 de 1923 →Vigente
Artículo 4
En Los Términos Del Presente Decreto Queda Aclarado Y Reformado El Artículo 6° Del Decreto 768 Del Presente Año, Y Deroga La Resolución De 15 De Febrero De 1922, Dictada Por El Ministerio De Hacienda, Por La Cual Se Reforma El Punto 8° De La Dictada Por Este Ministerio El 13 De Julio De 1915, Publicada En El Diario Oficial 15554
Decreto 1117 de 1923 · Por medio del cual se aclara y reforma el artículo 6o del Decreto número 768 de 1923 (mayo 18), y se deroga una Resolución
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.