º . Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República en razón de su viaje a que se refieren los considerandos de este Decrete, deléganse en el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Rodrígo Lloreda Caicedo, las funciones correspondientes a los asuntos indicados en los numerales 5º, 6º y 7º del artículo 118; numeral 2º del artículo 119 y numerales 2º 3º, 6º y 7º del articula 120 de la Constitución.
Decreto 3383 de 1983 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 3383 de 1983 · Por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.