Micelio

Artículo 79

Decreto 2092 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VI y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a elaboración, envase o empaque, almacenamiento, transporte y expendio de Medicamentos, Cosméticos y similares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las etiquetas, rótulos y empaques de los materiales de uso odontológico, deberán remitirse al Ministerio de Salud para su aprobación y expresar lo siguiente

a)

El nombre del producto;

b)

El hombre y ciudad de ubicación de la industria fabricante;

c)

El contenido;

d)

La composición del producto, especificando cuantitativamente el grado de pureza de sus componentes;

e)

El código del lote de fabricación;

f)

El número de registro en el Ministerio de Salud;

g)

Las condiciones especiales de almacenamiento;

h)

Las demás leyendas, figuras e imágenes que el solicitante desee incluir y que el Ministerio de Salud apruebe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2092 de 1986