Micelio

Artículo 129

Ley 26 de 1975 · Por la cual se modifica el artículo 129 del Decreto-ley número 2349 (diciembre 3 de 1971)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El artículo 129 del Decreto-ley número 2349 (diciembre 3 de 1971), quedará así: El Ministerio de Salud Pública ejercerá las funciones de inspección y control sanitario en todos los puertos de la República y la Inspección y control de las naves aéreas, marítimas y terrestres que entren o salgan del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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