Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior destinase la cantidad de cuatrocientos mil pesos ($400.000.00) moneda corriente, que se tomaran del Capítulo 58, articulo 612 del Presupuesto Nacional vigente, suma que será girada por el Ministerio de Higiene en cuotas proporcionales al Almacenista Pagador de la Dirección Departamental de Higiene del Huila.
La partida de $3.320.00 mensuales con destino a la dotación de los Organismos de Sanidad, será retenida por el Departamento Administrativo del Ministerio de Higiene para cubrir los pedidos que se hagan al Almacén General del Ministerio.