El Fondo Nacional De Regalías, Creado Por La Ley 141 De 1994, Es Un Fondo Cuenta Con Personería Jurídica, Adscrito Al Departamento Nacional De Planeación Y Sus Recursos Serán Destinados, De Conformidad Con El Artículo 361 De La Constitución Nacional, A La Promoción De La Minería, La Preservación Del Medio Ambiente Y La Financiación De Proyectos Regionales De Inversión Definidos Como Prioritarios En Los Planes De Desarrollo De Las Respectivas Entidades Territoriales
Decreto 3517 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Fondo Nacional de Regalías, creado por la Ley 141 de 1994, es un fondo cuenta con personería jurídica, adscrito al Departamento Nacional de Planeación y sus recursos serán destinados, de conformidad con el artículo 361 de la Constitución Nacional, a la promoción de la minería, la preservación del medio ambiente y la financiación de proyectos regionales de inversión definidos como prioritarios en los planes de desarrollo de las respectivas entidades territoriales.
Parágrafo
Los recursos del Fondo Nacional de Regalías son propiedad exclusiva de las entidades territoriales y seguirán siendo recaudados y administrados por la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.