Artículo segundo . Trasladase al señor Primitivo Vargas Moya del cargo de Inspector dé Petróleos de Cicuco, al de Inspector del Oleoducto de Medellín - División Nacional de Petróleos, en reemplazo del señor Hernando Rueda Ardila, quien pasa a otro caigo.
Decreto 1074 de 1958 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1074 de 1958 · Por el cual se hacen unos traslados en el Ministerio de Minas y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.