Artículo segundo . Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se imputarán al Capítulo 286, artículo 3050, ordinal 389 del Presupuesto. Nacional de Gastos vigente, de conformidad con la distribución efectuada en el artículo anterior. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 507 de 1957 →Vigente
Artículo 2
, Ordinal 389 Del Presupuesto
Decreto 507 de 1957 · Por el cual se distribuye parte de la suma global apropiada para auxilios destinados al sostenimiento y dotación de los Hospitales del país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.