Micelio

Artículo 5

El Computo Del Tiempo De Trabajo O De Estudio Se Hará Por Horas, Incluyendo Los Días Festivos

Decreto 1923 de 1973 · Por el cual se reglamenta la Ley 32 de 1971, sobre reducción de pena por trabajo o estudio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Computo del tiempo de trabajo o de estudio se hará por horas, incluyendo los días festivos. No se computará tiempo inferior a cuatro horas. Se anotará, en cambio, el número total de horas diarias de trabajo o de estudio, aunque excedan los términos de ocho y seis. Al final de cada mes, El Director de la Cárcel o Penitenciaria totalizara las horas que cada recluso haya trabajado o estudiado y dividirá el resultado por ocho o seis para determinar el número de días - trabajo o de días estudio que han de imputársele. Si queda algún residuo, se le abona al registro del mes siguiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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