Modificar el artículo 52 de la Resolución 100-000041 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así: “ARTÍCULO
52. Grupo de Relación Estado - Ciudadano. Asignar al Coordinador del Grupo de Relación Estado - Ciudadano las funciones que a continuación se describen: 52.1 Firmar respuestas a las peticiones, reclamos, sugerencias, traslados y consultas asignadas al grupo. 52.2 Expedir certificaciones sobre el estado de supervisión de las sociedades, excepto de aquellas que se encuentren adelantando procesos de insolvencia. 52.3 Firmar los actos administrativos de archivo de peticiones incompletas asignadas al Grupo, cuando no se allegue la información, según el artículo 17 de la Ley 1755 de 2015”.
PARÁGRAFO. En lo sucesivo, la mención al Grupo de Atención al Ciudadano de la Superintendencia de Sociedades, en cualquier acto administrativo anterior, se entenderá referida al Grupo de Relación Estado – Ciudadano.