Micelio

Artículo 2.2.4.9.13

Definición Del Mecanismo Y Cálculo De La Renta Vitalicia Del Componente De Ahorro Individual

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Definición del mecanismo y cálculo de la renta vitalicia del Componente de Ahorro Individual . El valor de la mesada del Componente Complementario de Ahorro Individual se determinará de la siguiente forma: Donde: • Valor de la mesada Componente de Ahorro Individual (MesadaCAI): Definido como el valor de la mesada que resulta por ahorro del Componente de Ahorro Individual a la fecha de cálculo (FC). Sumará a la mesada correspondiente al Componente de Prima Media • Valor de los recursos disponibles del Componente de Ahorro Individual (AhorroCAI): Definido como el valor de ahorro del Componente de Ahorro Individual a la Fecha de Cálculo (FC). • Porcentaje de Comisión de Administración ( GA ): Corresponde al factor de gastos incluidos los de administración en el patrimonio autónomo. • Fecha de Cálculo ( FC ): Corresponde al último día calendario del mes de la fecha de liquidación del cálculo. • Edad de Referencia ( ER ): Corresponderá al máximo entre los 62 años si es hombre o 57 años si es mujer y a la edad alcanzada a la Fecha de Cálculo. • FA 1: Factor Actuarial 1: Definido como el factor de capital necesario para financiar una pensión unitaria de vejez y de sobrevivientes, teniendo en cuenta la Edad de Referencia (ER) y el sexo del afiliado en FC. • FA 2: Factor Actuarial 2: Definido como el factor de capital necesario de la reserva actuarial para garantizar el pago del auxilio funerario, teniendo en cuenta la Edad de Referencia (ER) y el sexo del afiliado en FC. En los casos donde la edad de referencia ER exceda la edad máxima de 90 años, se utilizarán los factores actuariales correspondientes a la edad de 90 años. • Auxilio Funerario Complementario (AFAI): Corresponde al complemento del auxilio funerario, adicional al Componente de Prima Media, y a cargo del Com­ponente de Ahorro Individual. Para determinar esta variable debemos tener una aproximación a la pensión de referencia en este caso • Valor de la mesada Componente de Prima Media ( MesadaCPM ): Definido como el valor de la mesada del Componente de Prima Media a la Fecha de Cál­culo (FC). La tasa de reemplazo esta explicita en la Ley 2381 de 2024. • Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV): Corresponde a la remu­neración mínima mensual que fija anualmente el Gobierno nacional del año de la fecha de cálculo. Colpensiones deberá construir la nota técnica que soporta los factores actuariales la cual deberá ser aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así mismo. debe actualizar las tablas de factores actuariales de equivalencia teniendo en cuenta las variables que influyan en la construcción de dichos factores y que se utilizarán para el cálculo de la reserva matemática, estas deben ser publicadas durante los primeros 10 días hábiles de cada vigencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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