✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La condenación penal deja siempre a salvo los derechos que la ley civil reconoce al lesionado por el delito.
Fuera de estos derechos, en los procesos por delitos que ofendan el honor de un individuo o de una familia, se condenará al delincuente a pagar al agraviado una suma fija, que se regulará prudencialmente a solicitud de éste.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.