Artículo primero . La educación de adultos constituye un proceso integral y permanente destinado a elevar el nivel cultural, profesional y socia l de quienes no recibieron los beneficios educativos en la edad correspondiente, o de quieren después de haber realizado estudios primario s, medios y superiores, necesitan ampliara su formación para adaptarse a los cambios del desarrollo científico y tecnológico de nuestra época.
Decreto 1830 de 1966 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1830 de 1966 · por el cual se reglamenta la educación de adultos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.