Art. 3.° La Comisión formará, dentro de los ocho días siguientes al de su instalación, un Reglamento de sus trabajos, y podrá, si lo estimare conveniente, establecer comisiones subalternas y disponer la celebración de Exposiciones parciales en las capitales de los Departamentos; todo con aprobación del Ministerio de Instrucción Pública. La Comisión formará un catálogo minucioso y analítico de todos los trabajos que se presenten, con expresión de los nombres de los autores; catálogo que se publicará en los periódicos oficiales. Puede establecerse el pago de ciertos derechos por la entrada á las exposiciones y por la exhibición de ciertos objetos. El producto que de ahí se obtenga se destinará á cubrir los gastos de la Exposición.
Decreto 563 de 1903 →Vigente
Artículo 3
Decreto 563 de 1903 · Que establece una exposición anual de la enseñanza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.