° Son Funciones De La Sección De Coordinación Ejecutiva A) Responder Ante El Director Por El Cumplimiento De Sus Funciones; B) Vigilar El Cumplimiento, Por Las Dependencias Del Ministerio, Secretarias Y Direcciones Departamentales Y Municipales Del Ramo Y Entidades Públicas Y Privadas, De Las Normas Administrativas Y Técnicas Sobre Salud Y Asistencia Públicas; C) Vigilar El Cumplimiento De Los Contratos Celebrados Entre El Ministerio Y Los Departamentos Nacionales O Internaciones Y Demás Entidades Públicas O Privadas; D) Asesorar Las Entidades Respectivas En El Cumplimiento De Los Contratos Celebrados Con El Ministerio, Y En El Cumplimiento De Las Normas Establecidas Por Éste; E) Coordinar Con Los Jefes Técnicos Y Administrativo, La Inspección Y Asesoramente En Los Problemas Específicos Que Corresponda Resolver A Las Divisiones Y Secciones Respectivas
Decreto 1423 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Salud Pública y se le adscriben los negocios de que debe conocer
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Son funciones de la Sección de Coordinación Ejecutiva
a)
Responder ante el Director por el cumplimiento de sus funciones;
b)
Vigilar el cumplimiento, por las dependencias del Ministerio, Secretarias y Direcciones Departamentales y Municipales del ramo y entidades públicas y privadas, de las normas administrativas y técnicas sobre salud y asistencia públicas;
c)
Vigilar el cumplimiento de los contratos celebrados entre el Ministerio y los Departamentos nacionales o internaciones y demás entidades públicas o privadas;
d)
Asesorar las entidades respectivas en el cumplimiento de los contratos celebrados con el Ministerio, y en el cumplimiento de las normas establecidas por éste;
e)
Coordinar con los Jefes Técnicos y Administrativo, la inspección y asesoramente en los problemas específicos que corresponda resolver a las Divisiones y Secciones respectivas. V-De la Sección Técnica
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.