Separación de redes. Los operadores de telecomunicaciones que quieran optar por la separación de su red deberán informarlo a la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, la cual definirá con el operador los siguientes puntos
La fecha de iniciación de actividades para realizar la separación de la red.
El cronograma y el plan de actividades especificando cómo se garantizará la comunicación e interconexión con la Red de Telecomunicaciones del Estado, así como la adecuada prestación del servicio a sus usuarios.
La fecha de terminación de actividades de separación de la red y puesta en servicio.
El plan de definición de códigos de puntos de señalización.
La fecha y las especificaciones de los códigos de puntos de señalización que se devuelven a la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.
El listado de los códigos de puntos de señalización de los puntos de interconexión para su administración por parte de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.
La información relevante para llevar a cabo la separación de la red de manera que no cause traumatismos a la Red de Telecomunicaciones del Estado y asegure la prestación adecuada de los servicios de telecomunicaciones a los usuarios de esta. CAPITULO IV Divulgación de los Planes Técnicos Básicos